Publicado:
2/5/2023

¿Qué mayoría es necesaria para adoptar acuerdos en una junta?

Depende de la naturaleza del acuerdo que se tenga que adoptar; la casuística es amplia y variada. De hecho, hay cuestiones que, aunque puedan tratarse en junta, no es necesario acuerdo alguno, como la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos o la instalación de las infraestructuras para el acceso a las telecomunicaciones.

En contraposición hay asuntos que requieren mayorías amplias, como el establecimiento o supresión de servicios (por ejemplo, el de portería) o, incluso, la unanimidad, como la aprobación o modificación del título constitutivo, habitualmente recogido en la declaración de obra nueva.

En el cuadro adjunto, elaborado por el doctor Aurelio Puche Ramos, se recogen los diversos supuestos.

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