Desahucio Exprés: la solución ante inquilinos morosos

En Cerdà-Advocats tenemos la solución legal si su inquilino no le paga: el desahucio exprés. Gestionamos con éxito cientos de procedimientos, por lo que tenemos la experiencia y el conocimiento que ponemos al servicio de nuestros clientes. Y, además, ello nos permite ofrecer un precio imbatible: 725€ (+IVA), incluido abogado y procurador.

¿Qué es el desahucio exprés?

Un procedimiento judicial contra el inquilino moroso que permite recuperar la posesión de la propiedad (lanzamiento) y reclamar las cantidades adeudadas. Un "todo en uno" legal que se tramita en un procedimiento específico.

¿Cuánto cuesta?: 725€

En Cerdà-Advocats cuesta solo 725€ + IVA, precio completamente cerrado que incluye los honorarios de abogado y los derechos del procurador. Además, si el inquilino es solvente puede salirle gratis si el juez condena en costas al moroso (los gastos judiciales que ha tenido el propietario).ei juez condena en costas al moroso (los gastos judiciales que ha tenido el propietario).

¿Tarda mucho el procedimiento?

En nuestro despacho hemos tramitado cientos de desahucios ante los juzgados de Eivissa y somos realistas; por ello sabemos que el plazo real es variable pero que difícilmente pasan seis meses desde que se interpone la demanda hasta que se produce el lanzamiento; en ocasiones en menos de dos meses se ha logrado el objetivo.

¿Qué necesita el propietario?

En nuestro despacho le vamos a pedir:
1. Justificar la propiedad o posesión (nota simple, recibo de IBI...).
2. Contrato de alquiler.
3. Relación de rentas impagadas. También pueden reclamarse cantidades asimiladas (electricidad, agua...).

¿Es cierto que no se puede echar a nadie?

En absoluto. Las sucesivas medidas para evitar el desahucio de personas vulnerables tienen muy difícil encaje en la realidad socio-económicas de Baleares. Cierto es que la vulnerabilidad puede alegarse; otra cosa, y muy distinta, es que la petición prospere.

¿Pueden desahuciarse locales?

Por supuesto. El mismo procedimiento, con los mismo costes y tiempos, sirve para viviendas, locales, naves industriales.... Los requisitos son la existencia de un arrendamiento y el impago de la renta.

¿Con cuantos meses de deuda se puede desahuciar?

Con uno. Basta que el inquilino adeude un mes de renta para iniciar el procedimiento de desahucio.
Es el propietario el que debe valorar cuando comienza el procedimiento. En nuestro despacho le asesoraremos y, si procede, haremos requerimientos previos.

¿Qué es la enervación?

La enervación se produce cuando el inquilino paga -dentro de los plazos legales- la deuda una vez se ha iniciado el procedimiento de desahucio.
Entonces el procedimiento se detiene y el inquilino debe abonar los gastos jurídicos en los que ha incurrido el propietario.
Pero la enervación solo puede producirse una vez.

¿Se pueden reclamar otros gastos además de la renta?

Sí. Se puede reclamar lo que se denomina "gastos asimilados", que suelen ser consumos (electricidad, agua...) o, por ejemplo, gastos ordinarios de la Comunidad de Propietarios; ello siempre que el abono de estos gastos por el inquilino se contemple en el contrato.

¿Se puede desahuciar a un 'okupa'?

Por supuesto, pero no a través del procedimiento del desahucio exprés.
En nuestro despacho hallará el consejo legal idóneo si tiene su propiedad 'okupada', sea por un desconocido o, como ocurre en muchas ocasiones, por un conocido.

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